Thursday, March 16, 2017

Oposición plantea impugnar ley de sustancias controladas

La oposición en el Parlamento reiteró su desacuerdo sobre la aprobación de la ley de Sustancias Controladas y anunció que se impugnarán algunos artículos observados ya que, según su lectura, la norma despenalizará el desvío de la hoja ilegal y además se vulnera la presunción de inocencia de las personas.

“Vamos a preparar un (proyecto de) ley de inconstitucionalidad a ciertos artículos desde esta y otras leyes, sobre todo la presunción de inocencia que es importante, proteger a la sociedad y en ese marco vamos a plantear varias acciones, pero no queremos que el MAS, confunda con que impugnar a cierta vulnerabilidad constitucional es defender a los narcotraficantes, no es eso, acá es claramente defender los intereses de la sociedad”, afirmó el senador de Unidad Demócrata (UD), Edwin Rodríguez.

La Cámara de Senadores sancionó el martes el proyecto de ley de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Controladas. La propuesta fue remitida al Ejecutivo para su promulgación.

Sin embargo, legisladores de oposición sugieren que el artículo 70 de dicha les es inconstitucional, ya que vulnera el principio de inocencia que tiene toda persona.

“Lo que decía el artículo 70, cualquier bien, mueble, inmueble, esos bienes que se haya logrado tener con algo que es ilícito, como palo blanco o algún narcotraficante, pero que la gente de pronto inocentemente se haya comprado va a ser incautado, eso vulnera el principio de inocencia constitucionalmente”, aseguró Rodríguez.

OFICIALISMO

Por su parte, el senador del Movimiento al Socialismo (MAS), Milton Barón, aseguró que esta ley tiene como objetivo principal penar estrictamente a todo aquel que esté relacionado en narcotráfico.

“Una Ley de Sustancias Controladas que pone mano dura a los narcotraficantes, imponiendo penas de cárcel y además la confiscación de sus bienes, para que los mismos pasen a dominios del Estado, esta ley expresa la mayor voluntad política de nuestro Gobierno combatir sin piedad, sin contemplación alguna al narcotráfico, porque entendemos que es un flagelo que afecta a nuestra sociedad”, indicó Barón.

ARTÍCULO 70

El artículo 70 de la ley señala que la pérdida de dominio es jurisdiccional, especial e independiente de cualquier otra acción judicial o administrativa. Es imprescriptible y se ejercerá en base a leyes nacionales y tratado internacionales.

Además, señala que “para iniciar la acción de pérdida de dominio en favor del Estado, de bienes obtenidos, provenientes o vinculados con delitos de sustancias controladas, no es necesario que el titular del derecho, poseedor o tenedor del bien, haya participado en la actividad ilícita que compromete los bienes, salvándose los bienes adquiridos de buena fe”.

Asímismo, la muerte del titular o de la persona que haya sido beneficiada o lucrado con bienes de procedencia ilícita o vinculada al tráfico de sustancias controladas, no extingue la acción de pérdida de dominio a favor del estado.

Según la ley, se define como sustancias controladas, a los estupefacientes, sustancias psicotrópicas y sustancias químicas que atenten a la salud pública; mientras que la confiscación es la apropiación de un bien de propiedad privada que hace el Estado sin compensación por la comisión de sustancias controladas y delitos conexos.

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