Tuesday, August 16, 2016

Unidad Nacional echa de sus filas al concejal Luis Alberto López

El Tribunal de Ética, Disciplina y Justicia de Unidad Nacional retiró su confianza y revocó la representación del concejal munícipe Luis Alberto López Oporto.
Esa instancia disciplinaria emitió la Resolución No 001-2016 que destaca: "Retirar la confianza y revocar la representación de Unidad Nacional ante el Concejo Municipal de Potosí, y por lo tanto, se procede a expulsar a Luis Alberto López Oporto de las filas del Frente de Unidad Nacional".
El dirigente de UN, Jaime Navarro, dio a conocer la resolución del Tribunal de Ética, Disciplina y Justicia en una conferencia de prensa desarrollada ayer en la Villa Imperial.
Navarro destacó que el concejal fue expulsado de las finas de UN al haberse comprobado la denuncia de cohecho pasivo, lo cual es tipificado como delito por el artículo 25 de la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz.
El hecho está siendo investigado en la Fiscalía de Distrito de la ciudad de Potosí, informó el dirigente Navarro.

DENUNCIA
El diputado de UN, Grover Huanca, en su condición de jefe regional de Unidad Nacional de Potosí, presentó denuncia contra López porque habría recibido un terreno de los comunarios de Huachacalla en condición de donación.
Como prueba presentó el documento notarial en el que se lee que López Oporto recibió, en calidad de donación, un terreno ubicado en la zona de Huachacalla.
La transferencia la hicieron Santos Hidalgo, Hipólito Arce, Germán Estrada y Wilfredo Vargas.
El testimonio 0419/2015 sirvió de base al proceso porque en ese momento Luis Alberto López estaba como presidente del Concejo Municipal por lo que el tribunal de UN afirma que se violaron normas establecidas en la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz.
Navaro informó que en la mencionada ley se establece que "la servidora o el servidor público o autoridad que para hacer o dejar de hacer un acto relativo a sus funciones o contrario a los deberes de su cargo recibiere directamente o por interpósita persona, por sí o a través de un tercero, dadivas o cualquier otra ventaja o aceptare ofrecimientos o promesas será sancionado con privación de libertad de 3 a 8 años".

DESCARGO
Este diario buscó a Luis Alberto López en su oficina y no estaba y cuando se le llamó a su celular, estaba apagado.
En una anterior oportunidad, el 29 de marzo de 2016, López dijo que el terreno le fue cedido por el desempeño que tuvo como dirigente de la zona y no así cuando era presidente del Concejo Municipal.
Justificó la entrega del terreno y destacó que en ningún momento se le dio por alguna acción efectuada en beneficio de la comunidad en el Concejo.

Hay contradicciones en las leyes

El dirigente nacional de UN, Jaime Navarro, anunció que en aplicación de la Ley de Partidos Políticos pedirán que se separe del cargo de concejal a López.
Navarro dijo que el curul no es personal sino de la organización, por lo cual iniciarán gestiones para que la entidad electoral les devuelva el espacio y se habilite a la suplente, Susana Laura Vásquez.
Sin embargo, la Ley de Gobiernos Municipales (482) establece solamente cinco causales para que un alcalde o un concejal electo pierda su mandato.
Entre ellas están: 1) sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, 2) renuncia expresa a su mandato en forma escrita y personal, 3) revocatoria de mandato según el artículo 240 de la Constitución Política del Estado, 4) fallecimiento y 5) la incapacidad permanente, declarada por autoridad jurisdiccional competente.

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