Friday, June 3, 2016

Crean un impuesto a la transmisión de bienes y donaciones



La Gobernación de Santa Cruz, a través de la Ley Departamental N.º 90, creó el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes y su reglamento aprobado mediante Decreto Departamental N.º 233, asumiendo la competencia de administrar este tributo que antes era recaudado por el Gobierno nacional.

Esta normativa tiene por finalidad gravar la sucesión hereditaria, las donaciones y cualquier otro acto o hecho jurídico, donde se transfiera cualquier propiedad, inmueble o mueble (viviendas, autos, propiedades). El trámite se realiza sin ningún costo.

Los recursos recaudados serán de beneficio para todo el departamento y destinados a proyectos de salud, educación, entre otras prioridades que se tiene. Este impuesto se viene cobrando desde hace 20 años, pero los montos recaudados se iban al Gobierno nacional; ahora, con la Ley N.º 90 y el decreto 233, los recursos se quedarán en el departamento.

Los montos a pagar
Se mantienen las mismas alícuotas del 1% para ascendientes, descendientes y cónyuge, 10% para hermanos y sus descendientes y 20% para otros colaterales, legatarios y donatarios. Por ejemplo, si un padre o madre de familia deja como herencia su vivienda de $us 100.000 a su hijo o hija, el impuesto a pagar es de $us 1.000 (equivalente al 1%). Si el mismo monto está destinado para sus hermanos, deberá pagar $us 10.000 (equivalente al 10%) y si se trata de una legado o donación por el mismo importe, $us 20.000 (equivalente al 20%).

Este impuesto fue creado ante la reducción de recursos debido a la caída de precios de las materias primas. También se anunció la creación de otros dos tributos: por motonaves y aeronaves, y por daños al medioambiente

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